EL TELETRABAJO EN EL PERÚ

 ¿UN TRABAJO ON LINE O NO TENER TRABAJO?


INTRODUCCION:

El empleo de tecnología para favorecer la producción es un supuesto inevitable en tiempos modernos, sobre todo en estos tiempos de pandemia, la cual afronto todo el mundo, siendo nuestro país uno de los más afectados al principio de esta pandemia y algo que hay que tener siempre en cuenta o recalcarlo siempre es que, al mismo nivel que evolucionan las herramientas del hombre su actividad también evoluciona incorporando nuevos procesos adecuados a estos avances.

Dentro de este contexto surge el teletrabajo, como consecuencia del binomio hombre-tecnología. El presente artículo analiza las implicancias del teletrabajo en Perú cuya reciente regulación contiene claras intenciones de fomentar el acceso de minorías menos favorecidas a diversos puestos de trabajo. Esta regulación trae consigo múltiples ventajas a nivel de infraestructura y costos de producción; sin embargo, su utilización en el mercado laboral peruano es marcadamente inferior al de figuras como el contrato de locación de servicios. En abundancia, el teletrabajo es capaz de desempeñar labores con sus propios equipos en la misma medida de un locador de servicios; el estrecho límite entre ambos radica esencialmente en la subordinación que recae sobre el primero y escapa del segundo.

No obstante, pese a su utilidad no ha sido posible consolidar el teletrabajo debido a un elevado nivel de informalidad. Frente a este escenario evaluamos con visión crítica la decisión del legislador peruano de brindarle al teletrabajo un atractivo adicional: la posibilidad de generar inserción en sectores deprimidos; situación que abordaremos en toda su extensión junto con una propuesta para incentivar el teletrabajo y la transparencia de las relaciones laborales La presente investigación busca dar a conocer el tratamiento del Teletrabajo en el Perú, modalidad de prestación de servicios para los ámbitos público y privado, en la que se aplica las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs), constituyendo su regulación un aporte para la ciudadanía, particularmente para quienes no pueden desplazarse físicamente a un centro de trabajo, y para el desarrollo de los tele trabajadores.

Asimismo, el Teletrabajo se vincula con la política pública de Gobierno Electrónico, transversal a todas las políticas estatales y constituye una herramienta que promueve la protección de los derechos humanos y el desarrollo del país al generar empleo, optimizando la productividad y mejorando la calidad de vida delos ciudadanos.

 

PALABRAS CLAVES

Teletrabajo, Peru. Politicas, Gobierno – Digital, Tecnologia, Reglamento, Legislativo, Aspectos, Características, Derecho, Ley, Futuro, Pandemia, Contexto, Efectos, Análisis, Electrónico, Trabajo, Futuro.

 

ABSTRACT:

The use of technology to favor production is an unavoidable assumption in moderntimes, especially in these times of pandemic, which the whole world faced, our country being one of the most affected at the beginning of this pandemic and something thatmust be taken into account. Always keeping in mind or always emphasizing it is that, atthe same level that man's tools evolve, his activity also evolves incorporating new processes appropriate to these advances. Within this context, teleworking arises, as aconsequence of the man-technology binomial.

This article analyzes the implications oftelecommuting in Peru, whose recent regulation contains clear intentions to promote theaccess of less favored minorities to various jobs. This regulation brings multipleadvantages at the level of infrastructure and production costs; however, its use in thePeruvian labor market is markedly lower than that of figures such as the service rentalcontract. In abundance, the teleworker is capable of carrying out tasks with his ownequipment to the same extent as a service provider; the narrow boundary between thetwo lies essentially in the subordination that falls on the first and escapes from thesecond.

However, despite its usefulness, it has not been possible to consolidateteleworking due to a high level of informality. Faced with this scenario, we criticallyevaluate the decision of the Peruvian legislator to offer telework an additional attraction:the possibility of generating insertion in depressed sectors; situation that we will addressin its entirety together with a proposal to encourage teleworking and transparency oflabor relationsThis research seeks to publicize the treatment of Telework in Peru, a modality of provision of services for the public and private spheres, in which Information andCommunications Technologies (ICTs) are applied, its regulation constituting acontribution to citizenship, particularly for those who cannot physically travel to aworkplace, and for the development of teleworkers. Likewise,

Telework is linked to the public policy of Electronic Government, transversal to all state policies and constitutes atool that promotes the protection of human rights and the development of the country bygenerating employment, optimizing productivity and improving the quality of life of thecitizen.

 

KEYBOARDS:

Teleworking - Peru - Policies - Government - Digital -Technology - Regulation - Legislative - Aspects -Characteristics - Law - Law - Future - Pandemic - Context -Effects - Analysis - Electronic - Work – Future

 

1.      DEFINICIÓN:

 

La COVID-19 generó una crisis mundial sin precedentes desde el punto de vista económico y social. Los países han adoptado políticas para evitar la reducción del empleo y mitigar la crisis empresarial; privilegiando la continuidad de la cadena de pagos, como factor de subsistencia ante una pandemia de propagación agresiva.

El presente estudio, interviene en el análisis del teletrabajo y sus dinámicas manifestaciones en la legislación del Perú como en Latinoamérica; encuentra comparativamente semejanzas y rasgos distintivos, y plantea atender la siguiente interrogante: ¿Ante la ausencia de leyes especiales, sobre teletrabajo en algunos países de Latinoamérica y teniendo en cuenta la cultura arraigada del presencial ismo laboral, ¿cuáles el futuro del teletrabajo en tiempos de COVID-19? ¿Llegó para quedarse, o se trata de un instrumento de subsistencia transitorio, de inevitable utilización, que desaparecerá al ritmo del control de la pandemia?

El futuro del teletrabajo a raíz de la COVID-19 se perfila como una actividad consolidada y constante crecimiento, continua y fortalecida dentro del mercado laboral, no solo funcionará como un instrumento de subsistencia transitorio, sino como un factor permanente que convivirá con el trabajo presencial en los países de Latinoamérica, pese a la ausencia de leyes especiales; en la medida que la población está adoptando un modus vivendi laboral que no se podrá divorciar de la implementación y utilización de medios informáticos y telecomunicaciones en la prestación de servicios subordinados.

 

1.1.  ¿QUE ES EL TELETRABAJO?

En este caso primero para investigar y poder opinar del teletrabajo es fundamental conocer primero el concepto de este, con la finalidad de una mejor investigación y a su vez facilitar el conocimiento de este último, por otro lado, tener un mejor concepto o reforzar nuestra idea que se tiene el teletrabajo, ya que muchas veces es impórtate conocer estos últimos mencionados.

1.2.  DEFINICION DEL TELETRABAJO:

Debido al tratamiento que diversas disciplinas le han dado, no es posible encontrar una definición única de teletrabajo. Por ello, daremos a conocer algunas definiciones que se plantean sobre el teletrabajo. Así, el teletrabajo o contrato a distancia “Es la realización de actividades de índole laboral emanadas de un contrato de trabajo, en un lugar distinto a las instalaciones del empleador, que generalmente es el domicilio o residencia del teletrabajador, quien, asistido por equipos tecnológicos e informáticos en una plataforma comunicacional, reporta sus labores en tiempo real a sus supervisores inmediatos” Para Sanguinetti Ray mond:

“El concepto de teletrabajo se vincula exclusivamente con quienes, de forma originaria o como fruto de un acuerdo de externalización de funciones previamente desarrolladas de forma presencial, desarrollan un trabajo enbeneficio de uno o más empresarios, bien desde su domicilio o bien desde otro lugar distinto del habitual u ordinario, sirviéndose de medios o equipos informáticos y de telecomunicaciones para su ejecución y eventualmente para entrar en conexión con el destinatario de su actividad”

 (Sanguineti Raymond, 2017)

1.3.  ORIGEN Y ANTECEDENTES:

El teletrabajo surgió en el año 1973. El padre de dicha modalidad laboral fue el físicoJack Nilles. Con el apoyo de un grupo de científicos de la Universidad de Californiadel Sur, estudió el uso de tecnologías informáticas para resolver el problema que afrontaban las empresas por la crisis del petróleo. Se llegó a establecer que el empleo de las tic no sólo beneficiaba a las empresas en sus costos, sino que protegía el medioambiente por la disminución en la emisión de gases nocivos.

1.4.  EVOLUCION:

El Teletrabajo empieza como consecuencia de la crisis petrolera de los años 70 ahorro de combustible, contaminación entre otros, nada muy diferente después de tres décadas, prácticas de empresas multinacionales de esta modalidad de trabajo demuestran que hay buenas razones para su implementación, si bien como todo tiene contra partida, las desventajas que, bajo el paradigma de la complejidad, la dinámica de la organización es el producto de sucesivos desequilibrios localizados y transitorios.

 

De una manera esquemática puede afirmarse que dichos desequilibrios provienen de perturbaciones externas aleatorias y de las fluctuaciones propias delsistema. La estabilidad del conjunto se constituye entonces sobre bases cambiantes figurando una sucesión de estructuraciones y desestructuraciones permanentes. Hoy, el Teletrabajo es una modalidad de trabajo habitual en el mundo, sobre todo en los países económicamente más desarrollados con porcentajes de penetración sobre el total de trabajadores desde el 5%, como en España, hasta 20% en USA (más de 21millones de tele trabajadores) e incluso porcentajes mayores en algunos países nórdicos.

 

2.      CARACTERISTICAS DEL TELETRABAJO:

 

El teletrabajo tiene como características resaltantes el empleo de medios físicos e informáticos, además de la subordinación de labores sin la presencia física del trabajador.

Doctrinariamente se podría indicar que ambas son especies del trabajo a la distancia. El uso del tic caracteriza al teletrabajo, mientras que el trabajo a domicilio se basa en actividades manuales. Es la preparación del trabajador lo que diferencia también a dichas modalidades de trabajo. Para otros como Francisco Verdera el teletrabajo es una modalidad del trabajo a domicilio.

En nuestra opinión, es la prestación del servicio que se hace en lugar distinto del establecimiento del empleador y la relación laboral existente las características comunes de ambas, así como la protección que el Estado les brinda (remuneración, beneficios, entre otros).

2.1.  VENTAJAS DEL TELETRABAJO:

El teletrabajo es apto tanto para hombres y mujeres, no hay impedimentos según el género para adoptar esta modalidad de trabajo. Cada persona está interconectada con el resto de la organización y está en condiciones de cambiaren términos casi instantáneos. Todo está conectado con todo. Desaparecen las barreras internas y externas. Todo se sabe. Lo importantes es priorizar y focalizarla atención en lo nuevo.

 

Después del boom de Internet, la forma de hacer negocios se ha transformado de manera radical y las personas son, claramente las principales protagonistas. Después del boom de Internet, la forma de hacernegocios se ha transformado de manera radical y las personas son, claramente las principales protagonistas. La burbuja de Internet genero un proceso de aprendizaje muy intenso. Tanto para los jóvenes que metieron en ese mundo, jugando a todo o nada, sin medir riesgos y poniendo verdadera pasión en lo que hacían, como los mayores, que comenzaron mirando este fenómeno de reojo y se dieron cuenta de que no era cuestión de aceptar o no el cambio, sino que el cambio había llegado para quedarse, por otro lado, tenemos unos puntos bien importantes.

 

-          - La mejor combinación de las exigencias laborales y extra laborales.

-         - El mejor control del horario laboral y de las pautas de trabajo.

-          - Una mayor flexibilidad respecto del rendimiento y la productividad.

-          - Menor gasto de transporte.

-          - Creación de nuevas empresas.

-          - Desempeño de un trabajo remunerado en lugar del desempleo.

-          - Inserción laboral para los que buscan su primer puesto de trabajo.

-          - Inserción laboral para mayores de 45 años.

-         -  Inserción laboral para discapacitados motrices.

 

2.2.  DESVENTAJAS DEL TELETRABAJO:

En el teletrabajo, como en casi cualquier tipo de trabajo, el entorno psicológico, las consecuencias para la salud y los niveles de estrés difieren, en función de si las tareas realizadas requieren o no una gran cualificación. La segunda dimensión importante es la autonomía y el control del contenido del trabajo y los ritmos de trabajo. En la mayoría de casos, el estrés en el teletrabajo está más asociado al tipo de trabajo y a la organización del trabajo que al espacio físico.

 

En principio, el teletrabajo supone independencia y autonomía, y ofrece posibilidades de concentrar y organizar el trabajo y dosificar el tiempo según criterios personales. Sin embargo, la libertad individual para regular el ritmo de trabajo puede dar lugar a una sobrecarga y, en los casos más extremos, suponer que se está "disponible “las 24 horas del día. Trabajar durante muchas horas puede afectar negativamente la salud, especialmente en un lugar de trabajo mal diseñado o si las tareas son repetitivas.

 

Otro factor de estrés relacionado con el horario puede suponer una dificultad para prever el volumen de las tareas futuras y sus plazos. La adicción al trabajo puede ser un riesgo adicional si no hay un control externo, o si el teletrabajador no puede controlar sus propias formas de trabajar.

 

3.      EL TELETRABAJO EN EL PERU:

 

El teletrabajo en el Perú se encuentra regulado a través de la Ley N° 30036, “Ley que regula el Teletrabajo” y su Decreto Supremo Nº 017-2015-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30036, Ley que fue aprobada por los Proyectos de Ley N°184/2011 y 1052/2011.

Lo que demuestra que no fue viable proponer una positivización del teletrabajo sin antes realizar todo un análisis para determinar y demostrar que existen motivos que ameritan la regulación y aplicación de esta nueva figura en nuestra realidad socio laboral, tal y como lo demuestran las exposiciones de motivos de cada uno de los proyectos de ley que sustentan la hoy promulgada Ley N° 30036, Ley que regula elTeletrabajo en el Perú.

Por ello, el teletrabajo se presentó como una alternativa idónea para la integración de las personas discapacitadas, eliminando diferentes barreras físicas y de espacios, más aún, si se tenía para aquel entonces (2013), la renuencia de las empresas a contratar a personas con discapacidad, quizá por no contar con espacios adecuados para las labores de dichas personas, por lo que el teletrabajo se convertía en la mejor opción, pues traería comoventaja mayor comodidad para el tele trabajador y la disminución del ausentismo y riesgos dentro del centro laboral. Todo ello hacía impostergable la necesidad de regular la figura del teletrabajo que conjugaba -en ese entonces- con la flexibilidad de la seguridad laboral, caso contrario se corría el riesgo de “desvalorizar” toda relación de trabajo.

 En ese contexto, con la dación de la Ley Nº 30036, “Ley del Teletrabajo”, se pretendió que el empresario acceda a una nueva forma de trabajo no presencial, permitiendo generarlos mismos ingresos, pero abaratando ciertos costos, beneficiando -también- al tele trabajador; sin embargo, la figura jurídica como tal, ha sufrido una resistencia en el Perú, quizá porque falten algunas herramientas de promoción, aplicación e implementación para el teletrabajo. Lo que conllevado a que sea una ley casi invisible, pero que si es utilizado por un aproximado del 5.6% del empresariado.

En noviembre del 2016, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo firmó un pacto nacional con los gobiernos regionales, gremios empresariales, empresas y la sociedad civil, con la finalidad de implementar el teletrabajo en el sector público y privado, sin embargo, lo que observamos en la realidad, es que solo fue un simple pacto, sin que llegue concretizarse, pues a pesar de ello, la figura jurídica del teletrabajo, si bien es cierto era refrendada a través de la Ley Nº 30036; empero, también es cierto que el teletrabajo no era la figura protagonista dentro de un mundo tecnológico en vanguardia.

Por el contrario, a pesar de la creación e implementación de Módulos de Teletrabajo en las regiones de Tacna, La Libertad, Piura, Cusco y Callao, sin embargo, no se logró la proyección esperada para la utilidad de la Ley Nº 30036, por lo que se entiende que el teletrabajo se ha tratado de una figura casi fantasma, que no ha sido utilizada en su totalidad por el empresario para obtener beneficios y aminorar costos. Precisamos que las pocas empresas que han venido utilizando desde el año 2014 el teletrabajo es: IBM, Laboratorios Roche, Repsol, entre otras. Así, a pesar, de que el teletrabajo en el Perú cuenta con normatividad expresa (Ley Nº30036) que regula su aplicación, en los tiempos que vivimos de confinamiento social a consecuencia del COVID-19, no es utilizada o no ha sido llamada para su aplicación por el empresariado, por el contrario, a través del Decreto de Urgencia N° 026-2020 (15.03.2020) que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus, ha prescrito en su artículo 17º la aplicación del “trabajoremoto” (figura distinta al teletrabajo, pero si una modalidad o derivación dinámica del mismo).

Ahora bien, el tan llamado “futuro”, ya no es de aquí a 10 o 20 años, sino que se trata del “ahora”, eso es lo que ha conllevado al investigador realizar el presente trabajo considerando la pandemia mundial, pues la máquina del tiempo ha conjugado una serie de elementos consecutivos, tal cual algoritmo imperfecto, teoría del caos o efecto mariposa, que ha tenido como consecuencia el contagio de millones de personas a nivel mundial (en el Perú hasta el 12.12.2020 existen más de 980 mil infectados).

Entonces, el futuro se ha presentado de golpe, y sin prepararnos, pues respecto al teletrabajo se pretendía su aplicación en forma gradual en el Perú, haciéndose proyecciones -a futuro- desde el año 2013 hasta el 2021 inclusive; pero ha sido nuestra realidad la que ha conllevado al Estado a la aplicación creciente del teletrabajo (Ley Nº30036 donde existen ciertos vacíos legales según análisis realizado) pero que no es identificado con el mismo nombre, sino que -ahora- se ha regulado a través de las políticas públicas del Perú como “trabajo remoto”; el mismo que inclusive cuenta con una “Guía para la aplicación del trabajo remoto” aprobada a través de la Resolución Ministerial N°072-2020-TR, de fecha 26 de marzo de 2020.

 

4.      EL TELETRABAJO A FUTURO:

 

A la fecha se estima que el promedio del 6% de empresarios que utilizaban el teletrabajo, ahora lo ejecutan, en promedio más del 30%, y la gran mayoría lo ejecuta desde su domicilio, por las medidas de inmovilización social obligatoria o cuarentena, dictaba por los Gobiernos, como medida excepcional para contener la propagación del brote del coronavirus. En este escenario de incertidumbre, apoderado por la pandemia de la COVID 19, la ausencia de leyes especiales, en los países de Latinoamérica, no ha sido impedimento para la aplicación práctica del teletrabajo, como medida o política adoptada por diferentes Gobiernos, que declararon estado de emergencia sanitaria y dispusieron ejecutar regímenes de excepción, restringiendo ciertos derechos, como la libertad y seguridad personales, libertad de reunión, libre tránsito o la inviolabilidad del domicilio. Se desterró la idea casi unívoca del presencial ismo en una relación de trabajo tradicional, y se implementaron labores a distancia o trabajo virtual, en instituciones educativas estatales públicas y privadas, se fomentaron protocolos internos en varias instituciones para fomentar el trabajo remoto, como, por ejemplo, el Poder Judicial del Perú.

Siendo esto así, el futuro del teletrabajo a raíz de la COVID-19 es hoy, ya es una realidad, aunque llegó de manera abrupta sin permitir a los Estados, preparar los medios adecuados para encontrar el punto de equilibrio de eficiencia y eficacia; no obstante, los cambios de hábito en la población producto de la pandemia actual, permitirá que aun cuando esta se debilite o controle dentro de unos meses o años, el teletrabajo ya no se encontrará dentro de las instituciones rezagadas y menos utilizadas, sino por el contrario, se perfila y direcciona como una actividad fija, continua y fortalecida dentro del mercado laboral, que convivirá con el trabajo presencial.

 

5.      CONCLUSIONES:

 

-          La ausencia de leyes especiales, en algunos países de Latinoamérica, no ha sido impedimento para la aplicación práctica del teletrabajo en tiempos de COVID-19, como medida o política adoptada por diferentes Gobiernos, que declararon estado de emergencia sanitaria y dispusieron ejecutar regímenes de excepción, restringiendo ciertos derechos, como la libertad y seguridad personales, libertad de reunión, libre tránsito o la inviolabilidad del domicilio. Se desterró la idea casi unívoca del presencial ismo en una relación de trabajo tradicional, y se implementaron labores a distancia o trabajo virtual.

El futuro del teletrabajo en Latinoamérica a raíz de la COVID-19, no funcionará como un instrumento de subsistencia transitorio, sino como un factor constante que convivirá con el trabajo presencial, en la medida que la población está adoptando un modus vivendi laboral que no se podrá divorciar de la implementación y utilización de medios informáticos y telecomunicaciones en la prestación de servicios subordinados.

 

6.      BIBLIOGRAFIA:

 

Sanguineti Raymond, Wilfredo, "Informe Teletrabajo y Globalización: en busca de Respuestas al desafío de la transnacionalización del empleo" ubicado en “ El blog deWilf redo Sanguineti”, consultado el 15 de abril de 2020. Disponible en:

<https://wilfredosanguineti.files.wordpress.com/2009/08/teletrabajo-y-globalizacion-final-informe.pdf >.

Ortiz Chaparro, Francisco, El teletrabajo. Una nueva sociedad laboral en la era de latecnología, Madrid, McGraw-Hill - Interamericana de España, 1997

Vargas Raschio, Tino, La respuesta del ordenamiento laboral peruano frente alteletrabajo, Tesis para obtener el título profesional de abogado, San Miguel, 2010, pp.5-6.

Verdera, Francisco, “Trabajadores a Domicilio en el Perú”, International Labour Organization. [Consulta: 28 de abril, 2017]. Disponible en: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/-

ed_emp/documents/publication/wcms_123596.pdf  

Conferencia de Humberto Villasmil en el Blog de Wilfredo Sanguinetti, titulada “El COVID-19 y sus desafíos para el Derecho del Trabajo: una visión desde América Latina”, de fecha 25 de abril de 2020.



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